Mesas de contratación: composición, forma de designación, convocatorias y actas

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículos 6.2 y 20.3 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

En este apartado se puede consultar información sobre la composición y las convocatorias de las Mesas de contratación, así como las actas de dichas mesas del Ayuntamiento.

La mesa de contratación, como órgano de asistencia técnica especializada, estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario. La composición de la mesa se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación correspondiente y los miembros de la mesa serán nombrados por el órgano de contratación.

El Ayuntamiento de Muel constituye mesas de contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2018 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por lo que estarán presididas por un miembro de la corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte como vocales, el Secretario o el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor o el titular del órgano que tenga atribuidas las función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.

Puede consultar información relacionada con ejercicios anteriores accediendo aquí.​

Última actualización el miércoles, 3 de abril de 2024 a 17:51